Constitución Apostólica sobre las Indulgencias
“Sacrarum Indulgentiarum Recognitio”
• “…La
Iglesia también recomienda las limosnas, las indulgencias y las obras de
penitencia en favor de los difuntos.” (Catecismo de la Iglesia Católica, 1032)
• “Mediante
las Indulgencias, los fieles pueden alcanzar para sí mismos y también para las
Almas del Purgatorio la remisión de las penas temporales, consecuencia de los
pecados.” (Catecismo de la Iglesia Católica, 1498).
• “La
indulgencia es parcial o plenaria según libere de la pena temporal debida por
los pecados en parte o totalmente.” (Catecismo de la Iglesia Católica, 1471)
REQUISITOS PREVIOS PARA OBTENER LAS INDULGENCIAS
¡Devoción!
Es la palabra clave en todas las Indulgencias… asistir con devoción, orar con devoción, llevar los
objetos benditos con devoción y cumplir con la Obra prescrita para ganar la
Indulgencia, pero de nada servirán los actos realizados si no tenemos una
verdadera devoción. Además, para obtener Indulgencia Plenaria es requisito
primordial cumplir las condiciones siguientes en un mismo día.
1. Confesión sacramental.
(Recientemente
durante la semana, aunque recomendable el mismo día)
2. Comunión,
es necesario participar en la Santa Misa.
3. Oración por las intenciones del Papa,
incluyendo Credo, Padre Nuestro, Ave María y Gloria.
4. Obra de Caridad o de Penitencia:
dar limosna o visitar a enfermos, ancianos, minusválidos, niños abandonados u
otra persona en necesidad; dar ofrendas a instituciones de caridad o a la
Iglesia; ayuno, abstinencia de comida, bebida o actividad agradable; o un
ofrecimiento que requiera sacrificio.
5. Peregrinación a una de las Iglesias designadas.
Los enfermos y ancianos imposibilitados de hacer la
peregrinación pueden obtener la indulgencia ofreciendo a Dios sus sufrimientos
y molestias; y cumpliendo con la Confesión, Comunión y oraciones indicadas
frente a un altar en su casa.
Las
cinco condiciones pueden cumplirse unos días antes o después de rezar o hacer
la obra que incorpora la indulgencia, pero es conveniente que la comunión y la
oración por las intenciones del Papa se realicen el mismo día rezando a su
intención un solo Padrenuestro y un Avemaría; pero se concede a cada fiel la
facultad de orar con cualquier fórmula, según su piedad y devoción.
INDULGENCIAS SÓLO APLICABLES A LAS ALMAS DEL PURGATORIO
DEL “ENCHIRIDION
INDULGENTIARUM” DE S.S. PAULO VI
DEL 1 AL 8 DE NOVIEMBRE
Visitas al cementerio:
Se concede indulgencia plenaria, aplicable sólo a las almas del purgatorio, a
los fieles cristianos que visiten piadosamente un cementerio (aunque sea
mentalmente) y que oren por
los difuntos.
2 DE NOVIEMBRE – CONMEMORACIÓN DE LOS FIELES DIFUNTOS
Visitas a Iglesias u Oratorio: Se concede indulgencia plenaria, aplicable sólo a
las almas del purgatorio, a los fieles cristianos que, el día en que se celebra
la Conmemoración de todos los Fieles Difuntos, visiten piadosamente una iglesia
u oratorio. Dicha indulgencia podrá ganarse o en el día antes indicado o, con
el consentimiento del Ordinario, el domingo anterior o posterior, o en la
solemnidad de Todos los Santos. En esta piadosa visita, se debe rezar un
Padrenuestro y Credo.
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